Aviso Automático de Importación de Aluminio
El Aviso Automático de Importación de Aluminio aplica a mercancías clasificadas en las partidas 76.01, 76.04, 76.05, 76.06, 76.07, 76.08, 76.09 y 76.16 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Entre los principales productos sujetos al aviso se encuentran el aluminio en bruto, barras, varillas, perfiles, alambre, placas, láminas, tiras, tubos, accesorios y piezas fundidas o forjadas.

Los avisos automáticos de importación de productos de aluminio se emiten con fundamento en la regla 2.2.26 y en el anexo 2.2.1 numeral 8, fracción IV del Acuerdo por el cual la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.


